¿Multado por más de S/ 5,000? Cómo reducirla a menos de S/ 200 legalmente
Video análisis: El Dr. Santiago Quispe exhibe la resolución oficial de SUNAT donde la multa de S/ 5,161.00 se cancela con solo S/ 154.50.
Deuda original notificada por SUNAT: S/ 5,161.00. Pago final liquidado con gradualidad: S/ 154.50. Ahorro para el cliente: S/ 5,006.50 (97% de reducción) y levantamiento del procedimiento coactivo.
1. La base jurídica de la rebaja al 97%
El artículo 176° numeral 1 del TUO del Código Tributario sanciona la no presentación oportuna de declaraciones determinativas con una multa equivalente a 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para contribuyentes del Régimen General y Régimen MYPE Tributario.
Sin embargo, la Resolución de Superintendencia N.° 063-2007/SUNAT aprueba el Reglamento del Régimen de Gradualidad, estableciendo rebajas sustanciales sobre la sanción base:
- • Rebaja del 95%: si se subsana la omisión presentando la declaración jurada y cancelando la multa rebajada de forma voluntaria antes de cualquier notificación de fiscalización.
- • Rebaja de hasta el 97%: en supuestos específicos de subsanación dentro de los plazos de inducción o esquela previa, logrando reducir multas de más de S/ 5,000 a fracciones menores a S/ 200.
2. Imputación técnica en la Guía Pago Fácil (Formulario 1662)
Para que la administración tributaria convalide la extinción de la deuda y no derive el saldo a cobranza coactiva, el pago debe imputarse con rigurosa precisión técnica:
| Casilla / Campo | Dato a Consignar | Concepto Tributario |
|---|---|---|
| Casilla 002 | 6041 | Multas del Código Tributario |
| Casilla 005 | 1761 | Infracción Art. 176° num. 1 (No presentar DJ en plazo) |
| Periodo Tributario | MM / AAAA | Mes y año en que se configuró la omisión |
| Importe a Pagar | S/ 154.50 + TIM | Monto liquidado con el 97% de descuento más interés moratorio |
3. La ruta de 3 pasos para blindar tus cuentas bancarias
Liquidación pericial del monto gradual
Calculamos el porcentaje exacto de gradualidad aplicable según la fecha de notificación y el estado de la cobranza, adicionando la Tasa de Interés Moratorio (TIM) acumulada al día exacto de pago para evitar saldos insolutos.
Cancelación con código e imputación correcta
Generamos el Número de Pago SUNAT (NPS) o la Guía Pago Fácil con los códigos normativos exactos, garantizando que el sistema informático vincule el abono directamente a la orden de cobro correspondiente.
Escrito formal de archivo coactivo
Ingresamos el escrito de comunicación de pago con acogimiento a gradualidad fundamentado en el artículo 119° del Código Tributario, conminando al Ejecutor Coactivo a expedir la Resolución de Archivo Definitivo e impidiendo el embargo de fondos bancarios.
Preguntas frecuentes sobre la reducción de multas
Depende del estado del expediente. Si la notificación electrónica presenta vicios de validez formal o si la cobranza coactiva aún no ha ejecutado medidas cautelares forzadas definitivas, es factible solicitar la regularización bajo el régimen de rebajas.
Sí. Si la Resolución de Multa ya fue emitida pero aún se encuentra dentro del plazo de 7 días hábiles previsto en la Resolución de Ejecución Coactiva (REC), se puede extinguir la deuda con el porcentaje de rebaja inducida permitido por ley.
¿Tiene una multa de SUNAT de 1 UIT o más?
No pague la totalidad de la sanción por falta de asesoría técnica. El Dr. Santiago Quispe revisa su notificación, calcula la rebaja del 97% y tramita el archivo coactivo en Santiago de Surco, Lima.